Germán Palechiz es consultor de negocios, entrepreneur y abogado egresado de la UMSA en el año 2000. Ejerce la profesión de manera independiente, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la provincia de Buenos Aires; es titular del estudio jurídico Palechiz-Atallah & Asociados, asesorando en materia laboral, civil, comercial y previsional.
Cuenta con un posgrado en Derecho Empresario organizado por el CUDES y la Universidad Austral, posgrado en Derecho del Trabajo Comparado otorgado por la Universidad de Sevilla, Magister en Derecho del Trabajo y Relaciones Laborales Internacionales de la UNTREF, cursó el Doctorado en Derecho del Trabajo y Relaciones Laborales Internacionales de la UNTREF (1era. Promoción), egresado de la Escuela Judicial del Consejo de la Magistratura de la Nación, así como la de la provincia de Buenos Aires; estuvo ternado para Juez de Tribunal de Trabajo de la provincia de Buenos Aires; fue titular de cátedra en la Maestría y en la Licenciatura en Seguros de la USAL, ponente y disertante en los congresos de Derecho del Trabajo organizados por el Dr. Julio Grisolía, y autor del libro Hacia otra visión respecto de los derechos humanos, así como de distintos artículos de doctrina.
A los efectos del ingreso y permanencia en el país, los extranjeros pueden ser admitidos en la categoría de “residentes” y “no residentes”, de acuerdo con las condiciones y requisitos establecidos por la Ley de Migraciones N° 978/96 que rige en la República del Paraguay.
No residente: Es el extranjero que ingresa al país sin intención de radicarse en él.
Residente: Es el extranjero que, en razón de la actividad que desarrolle, fija su residencia en el país, con el ánimo de permanecer en él, en forma permanente o temporaria.
A su vez, la radicación o residencia temporaria es la autorización otorgada a los ciudadanos extranjeros que tienen ánimo de residir temporalmente en el país mientras dure el período de las actividades por las que solicitaron dicha radicación. El plazo de permanencia otorgado en esta categoría es de 1 año pudiendo ser prorrogado hasta 5 veces más por periodos iguales al autorizado, según la profesión, actividad y/o motivo de la radicación.
Sin embargo, para el caso de ciudadanos provenientes de los países que conforman el Mercosur, la residencia temporaria se otorga por el plazo de 2 años no prorrogable, sin ser necesaria la acreditación de la solvencia económica.
Por otra parte, la radicación o residencia permanente se entiende como la autorización de residencia otorgada a ciudadanos extranjeros, que deseen establecerse en el Paraguay en forma definitiva, con el propósito de realizar actividades útiles para el desarrollo del país. Otra de las ventajas de la obtención de la radicación permanente, es el hecho de que habilita a obtener la Cédula de Identidad Paraguaya, cuyo trámite debe realizarse una vez obtenida la radicación permanente, y antes de su vencimiento, la que debe ser renovada cada diez años.
Por último, para acceder a la nacionalización por naturalización en el Paraguay, el extranjero deberá contar con un mínimo de 3 (tres) años residiendo en el país, en calidad de residente permanente. El trámite para la obtención de la Carta de Naturalización se realiza en la Corte Suprema de Justicia.
Se deja aclarado que, tanto los residentes temporarios como los permanentes, podrán realizar tareas remuneradas o lucrativas, por cuenta propia o ajena, con o sin relación de dependencia; y para los casos de residentes temporarios, solamente podrán desarrollar las tareas que la autoridad administrativa tomó en cuenta para el otorgamiento de dicha admisión.
Por su parte, las rentas obtenidas por las personas físicas residentes tributan un máximo del 8% si son ganancias de capital (incluyendo dividendos), hasta un máximo del 10% en el caso de rentas por servicios personales, quedando exentas de carga impositiva las rentas de fuente extranjera.
Para la obtención de una u otra residencia, los extranjeros deberán iniciar su tramitación ante la Dirección General de Migraciones de la República del Paraguay, acompañando la siguiente documentación obtenida en el país de origen, debiendo estar apostillada (en el caso de pertenecer a alguno de los estados miembro de la Convención de la Haya, como es el caso de la República Argentina) o legalizada por el consulado Paraguayo en el país de origen (en los demás casos):
1.-) Documento de identidad vigente acompañado de la constancia de ingreso al país
2.-) Certificado de nacimiento,
3.-) Constancia de estado civil, y
4.-) Certificado de antecedentes penales -a nivel nacional- vigente.
Posteriormente en la República del Paraguay, deben tramitarse los siguientes documentos a nivel local:
1.-) Certificado de vida y de residencia emitido por una estación de policía,
2.-) Certificado de antecedentes para extranjeros vigente, expedido por el Departamento de Informática de la Policía Nacional del Paraguay,
3.-) Certificado de INTERPOL,
4.-) Certificado Sanitario, expedido por un médico clínico habilitado por el Ministerio de Salud del Paraguay, y
5.-) Declaración Jurada de cumplimiento del Artículo 23 de la Ley 978/96, expedida por un escribano público en el Paraguay, por el que el solicitante se comprometa expresamente a respetar y a cumplir los mandatos de la Constitución Nacional, sus leyes, decretos y demás disposiciones legales que rijan en el territorio de la República del Paraguay.
En todos estos casos se requerirán visitas presenciales, pudiendo posteriormente delegar en nosotros su tramitación hasta su obtención, para lo cual lo asesoraremos y acompañaremos en forma permanente y absolutamente profesional.
Brindamos asesoría personalizada en cuanto a las distintas opciones de inversión inmobiliaria en el Paraguay, priorizando las necesidades de nuestros clientes y conforme los datos estadísticos del Paraguay referidos al sector de la construcción, siendo de los más rentables económicamente a nivel regional.
También ofrecemos el servicio de administración de los inmuebles adquiridos por nuestros clientes, sin la necesidad de residir en el Paraguay, pudiendo obtener su renta tanto en dólares como en guaraníes.
Lo acompañamos durante el proceso de apertura de cuentas, tanto en guaraníes como en dólares, en los bancos más prestigiosos del Paraguay, debiendo asistir personalmente a fin de conocer dichas instituciones y suscribir los distintos formularios, pudiendo delegar en nosotros su seguimiento y culminación. Se pone de relevancia la estabilidad macroeconómica del Paraguay en la región.
A fin de poder brindar una asesoría integral a nuestros clientes e inversores, disponemos del servicio de constitución de sociedades en el Paraguay; trabajando de manera ágil y eficiente, para que puedan disponer de ellas en el menor tiempo posible.
Los distintos tipos societarios se encuentran establecidos en la Ley Nº1183/85 (Código Civil Paraguayo), Ley 388/94 y Ley Nº3228/07 (que modifica el funcionamiento de las Sociedades Anónimas), y la Ley 1034/83 (que regula la actividad del comerciante), entre otras.
Se aclara que, para constituir cualquier tipo de sociedad, se requieren como mínimo dos socios; y para el caso de no contar con ello, el cliente podrá solicitar y obtener su RUC (Registro Único de Contribuyente), con el que podrá emitir facturas y deducir impuestos, proveyéndolos interinamente de un domicilio fiscal para realizar sus presentaciones ante las diversas instituciones públicas y privadas.
En primer lugar, es importante entender la diferencia entre convalidación, reconocimiento, y homologación.
1.-) CONVALIDACIÓN: Hace referencia a la validez, a efectos académicos, de estudios realizados previamente, pero que no se han terminado. En consecuencia, supone la declaración de la equivalencia de títulos nacionales con los correspondientes extranjeros, a efectos de continuar los estudios en una institución educativa extranjera.
Si se trata de estudios incompletos, el estudiante debe convalidarlos ante la universidad de Paraguay en la que desee continuarlos; resultando muy recomendable comunicarse con el centro educativo elegido a fin de interiorizarse en los requisitos que establezca a dicho fin.
2.-) RECONOCIMIENTO: Es el trámite consistente a la certificación de la autenticidad y legalidad del título de grado o postgrado, emitido por una institución de educación superior de un país extranjero; que implica la aceptación de un título de educación superior proveído de otro Estado.
Podrá aplicarse en los siguientes casos: a.-) Cuando el recurrente solicitare expresamente sólo el reconocimiento del título, y b.-) Cuando no reúna los requisitos necesarios para la homologación.
3.-) HOMOLOGACIÓN: La homologación permite la obtención del título extranjero, como equivalente a la exigida para la consecución de un título nacional. En consecuencia, resulta en la certificación académica de equivalencia entre un título de grado -obtenido en el exterior- con el respectivo título de grado otorgado por la Institución de Educación Superior en el Paraguay.
Dicho trámite será necesario a los efectos del ejercicio de la profesión solo en los casos previstos en la normativa nacional. Los requisitos adicionales para el ejercicio profesional, serán los exigidos por el órgano rector de cada carrera.
Por ello es que la homologación de títulos -obtenidos conforme a sistemas educativos diferentes del nacional- es el reconocimiento oficial de la formación superada.
Cuando se trate de estudios completados, y la persona quiera validar y legalizar el título con efectos académicos, el proceso general pasa en primer lugar por entregar ante el Consejo Nacional de Educación Superior la documentación establecida en su reglamentación; y posteriormente rendir un examen de validación ante el Ministerio de Educación del Paraguay, para así finalmente obtener la matrícula habilitante, a fin de poder ejercer la profesión en todo el territorio del Paraguay.
IMPORTANTE: La tramitación de las solicitudes de homologación, así como el retiro de los documentos presentados es personal en todos los casos; a excepción de la presentación de autorización por escribanía a terceros, que deberá estar acompañada de copias autenticadas de la cédula de identidad civil del autorizante y autorizado.
En todas estas etapas del proceso, los ayudaremos a llevar a cabo todas las gestiones tendientes a sus requerimientos, asesorándolos y acompañándolos con profesionalismo y eficiencia.
Lo asesoramos en la tramitación y la obtención de su licencia de conducir, cuyos requisitos se encuentran regulados en la Ley 5016/14 emitida por la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial de la República del Paraguay.
En dicha Ley se encuentran reguladas diferentes categorías, tales como: Particular, Motociclista, Extranjero, Profesional, entre otras.
La licencia para conducir en la categoría “particular” tiene una vigencia de hasta cinco años desde su expedición y presenta los siguientes requisitos:
1.-) Haber cumplido 18 años de edad.
2.-) Formulario declaración jurada, estampillas.
3.-) Presentar cédula de identidad original y fotocopia autenticada.
4.-) Presentar comprobante de grupo sanguíneo (original y fotocopia autenticada).
5.-) Examen de vista y oído.
6.-) Examen Psicotécnico.
7.-) Aprobar examen teórico y práctico.
8.-) Certificado de vida y residencia.
Los requisitos para obtener la licencia de conductor en la categoría “extranjero” son los mismos que para la categoría “particular”, a excepción de la presentación de la cédula de identidad Paraguaya, teniendo vigencia de 1 año desde su expedición.
De la mano con la obtención de la licencia de conducir, igualmente ofrecemos el servicio de gestión para la habilitación y patentamiento vehicular, tanto para automotores cero kilómetro como usados, así como para la categoría “motocicletas”; cuyos requisitos además se encuentran establecidos en la Ley 5016/14 emitida por la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial de la República del Paraguay.
Le ofrecemos diferentes alternativas de alojamiento en Asunción, en departamentos completamente equipados y en inmejorables ubicaciones, a fin de que su estadía sea lo más productiva y eficiente.
Entendemos que disfrutar del tiempo libre también es fundamental durante su permanencia en el Paraguay. Por ello, es que le proponemos distintas alternativas turísticas y eventos culturales, para familiarizarse con la ciudad y con su gente; por medio de city tours en Asunción, tours de compras en otras ciudades, y distintas excursiones por todo el país, en las que se podrán apreciar las bellezas y artesanías que el Paraguay posee e invita a conocer.
Nuestra intención es protegerlo en todos los aspectos que hacen a su vida cotidiana en la Argentina, para lo cual también ponemos a su disposición todo nuestro expertise, a fin de que pueda salvaguardar sus derechos tanto civiles como comerciales, asesorándolo para que pueda tomar las mejores decisiones, asesorándolo además en las distintas posibilidades de inversión en nuestro país.
Lo asesoramos con las mejores opciones para enviar y recibir remesas de dinero desde y hacia el Paraguay, teniendo en cuenta las particularidades de cada cliente, así como sus necesidades.
La normativa Argentina distingue entre cuatro tipos de residencias, las cuales varían en el plazo para permanecer y las actividades autorizadas a realizar en el país. Ellas son: la precaria, la transitoria, la temporaria y la permanente.
A.-) Brevemente, la residencia precaria dura hasta 90 días. Cuando vence, puede ser renovada si es que se solicitó algún otro tipo de residencia. También se la puede utilizar si la persona va a estar poco tiempo en el país, por ejemplo, turistas.
B.-) En líneas generales, por residencia transitoria se entiende como la admisión a permanecer en el país por un período de tiempo limitado, que en la mayoría de los casos es por un plazo inferior a los tres (3) meses.
C.-) La residencia temporaria, está destinada a ciudadanos extranjeros con interés en permanecer en el país por un período de tiempo más prolongado. Se aplica a los siguientes casos:
1.-) Si la persona extranjera es nacional de alguno de los países que componen el MERCOSUR o de alguno de sus Estados Asociados (Bolivia, Brasil, Colombia, Chile, Ecuador, Paraguay, Perú, Uruguay, Venezuela, Guyana y Surinam), podrá solicitar la residencia temporaria en Argentina por un período de dos (2) años, sin otro requisito.
2.-) Lo mismo aplica para los extranjeros nacidos en algún país no integrante del MERCOSUR pero nacionalizados en el Brasil, Uruguay, Paraguay, Chile o Bolivia, y que cuenten con un mínimo de (5) años de nacionalizados.
3.-) Para los ciudadanos extranjeros procedentes de países fuera del Mercosur y no asociados, deberán además acreditar alguna de las siguientes condiciones:
3.1.-) Ser trabajadores migrantes estacionales, por un plazo de permanencia de tres (3) meses prorrogables por un periodo similar;
3.2.-) Ser pacientes con problemas de salud que deban ser atendidos en establecimientos públicos o privados, los tendrán autorización para permanecer en el país por un (1) año -también prorrogable-
3.3.-) Ser académicos extranjeros que se realicen dichas actividades conforme acuerdos suscriptos entre instituciones de educación superior; o
3.4.-) Ser cursantes de estudios formales, inversionistas, deportistas, artistas, científicos, profesionales, técnicos, o religiosos; evaluándose cada caso en particular.
D.-) Por último, la residencia permanente, puede ser otorgada en los siguientes casos:
1.-) Por el vínculo: ser cónyuge de un argentino nativo o naturalizado, ser padre o madre de hijo argentino nativo o naturalizado, ser hijo de madre o padre argentino nativo o naturalizado, ser cónyuge de un residente permanente, ser padre o madre de un residente permanente, ser hijo soltero -menor de 18 años- de un residente permanente.
2.-) Por arraigo: en los casos de haber gozado de residencia temporaria por dos (2) años continuos para ciudadanos del MERCOSUR o de tres (3) años continuos para el resto de los ciudadanos extranjeros.
3.-) Por haberse desempeñado como funcionario diplomático, consular o de organismos internacionales por dos (2) años consecutivos.
4.-) Por tener la condición de refugiado.
Para cada situación en particular, podemos aconsejarlo y guiarlo en todos los pasos necesarios para su gestión, adecuándonos a sus necesidades.
Si usted tiene cumple con los requisitos establecidos por la ley Argentina para poder acceder al beneficio jubilatorio (ordinario o anticipado), es posible su tramitación para poder obtenerlo. Lo podemos ayudar en la gestión de cada paso necesario, acompañándolo personalmente o delegando en nosotros su diligenciamiento, ya que contamos con más de diez años de experiencia en la materia.
El derecho laboral se aplica a cualquier trabajador que haya prestado sus servicios en Argentina, independientemente de su nacionalidad o tiempo de residencia. En nuestro estudio podemos representarlo, analizando pormenorizadamente cada caso y orientándolo con la mejor solución, poniendo de relevancia que puede delegar en nosotros su tramitación con total confianza, ya que contamos con más de veinte años de experiencia en la materia.
Le ofrecemos diferentes opciones de alojamiento temporario en Buenos Aires, en apartamentos totalmente equipados y estratégicamente ubicados, para que su estadía en la ciudad sea mucho más sencilla.
Entendemos que el esparcimiento es parte integrante de la vida en la ciudad, para lo cual contamos con diversas propuestas para aprovechar su tiempo libre, entre otras: visitas guiadas, city tours, shows de tango, etc.
This book regards the particular approach of the author about the origin and treatment of subjective rights and its guaranties. Later he compares and contrasts these to the human rights system. A change of paradigm is suggested, as far as the study and application of the legal system in each country, as well as the relationship with international instruments around the various subjects that are mentioned. There is also an analysis of the influence and application of the human rights system onto the collectives of women, underage people, and crimes of less humanity. The work rounds up with the evolution of labor law in the Argentinian Republic and the influence of the ILO as an international ruling organism in this branch of legislation.
La presente obra contempla el particular enfoque del autor respecto al origen y tratamiento de los derechos subjetivos y sus garantías, para luego diferenciarlos y compararlos con el sistema de derechos humanos. Se sugiere un cambio de paradigma en cuanto al estudio y aplicación del derecho interno de cada país, así como su relación con los instrumentos internacionales respecto de las distintas materias a las que hacen alusión. También se analiza la influencia y aplicación de este sistema de derechos humanos en los colectivos de las mujeres, los menores, y en los delitos de lesa humanidad. Y culmina con la evolución legislativa laboral en la República Argentina y la influencia de la OIT como organismo rector internacional en esta rama del derecho.